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Kings County Assessor
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Important Information on
Section 51
Value Reductions
Proposition 8 was passed by California's voters in November 1978. It amended Proposition 13 to reflect declines in value. As a result, Section 51 of the Revenue & Taxation Code requires the Assessor to annually enroll the lesser of either the Proposition 13 Factored Base Year Value or the Market Value as of January 1.
Proposition 8, or Section 51, reductions are TEMPORARY reductions that recognize the fact that the current market value of a property is lower than its current assessed value under Prop 13. Once a Section 51 value has been enrolled, a property's value is reviewed each year to determine whether its current market value for that year is less than its Factored Base Year Value under Prop 13.
While the Factored Base Year Value of a property may increase no more than 2% per year under Proposition 13, there are no restrictions on the value changes for a property under a Section 51 Reduction. The value of a property under Section 51 may fluctuate from year to year with the market. Property owners may see a 10% increase in a Section 51 Value in one year, but under no circumstances may the property's value go higher than its Prop 13 Factored Base Year Value.
When the market value of a Section 51 property increases above its Prop 13 Factored Base Year Value , the Assessor will remove the property from a Section 51 status and return the property to its Factored Base Year Value under Prop 13.
Some important facts to remember in regards to Section 51 Assessments:
- The Assessor can only consider the market value of your property as of the Lien Date (January 1).
- The market value of your property is determined by analyzing sales of comparable properties in the area.
- In order to be considered in a Section 51 Review, a sale must occur within 90 days of the lien date and be an open market transaction.
- Once your property has been granted a reduction under Section 51, its value will be reviewed every January. AS LONG AS YOUR PROPERTY REMAINS ON SECTION 51, YOU DO NOT NEED TO REQUEST A REVIEW EACH YEAR.
- You will receive a notice each July showing your property's Current Factored Base Year Value, Current Section 51 Value, and the Total Value Reduction. If you have any questions regarding the value shown on your notice, please contact the Assessor's Office at that time.
To download a Section 51 request form,
click here.
For more detailed information on how
Section 51 works, please review our
Property Owner's Guide to Section 51.
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Información Importante en
Reducciones de Valor de la sección 51
La Proposición 8 fue aprobada por los votantes de California en Noviembre de 1978. Esto modifico la Proposición 13 para reflejar decadencias de valor. Como resultado, la Sección 51 del Código de Impuestos e Ingresos requiere que el Asesor matricule anualmente el menor de la Proposición 13 Valor de Año o del Valor de Mercado desde el 1 de Enero.
Las reducciones de la Proposición 8, o la Sección 51, son reducciones TEMPORALES que reconocen el hecho que el valor de mercado corriente de una propiedad es inferior que su valor fiscal corriente bajo Proposición 13. Una vez que un valor de la Sección 51 ha sido matriculado, el valor de una propiedad se revisa cada año para determinar si su valor de mercado corriente para aquel año es menos que su Valor de Año de Base incluido bajo Prop13.
Mientras el Valor de Año de Base de una propiedad puede aumentar no más de 2% por año bajo la Proposición 13, no hay ningunas restricciones sobre los cambios de valor para una propiedad en una Reducción de la Sección 51. El valor de una propiedad bajo la Sección 51 puede fluctuar del un año a otro con el mercado. Propietarios pueden ver un aumento de 10 % de un Valor de la Sección 51 en un año, pero de ninguna manera puede el valor de la propiedad subir más alto que su Valor de Año de Base bajo Prop 13.
Cuando el valor de mercado de una propiedad de la Sección 51 aumenta encima de su Valor de Año de Base bajo Prop 13, el Asesor quitará la propiedad de un estado de la Sección 51 y devolverá la propiedad a su Valor de Año de Base incluido bajo Prop 13.
Algunos hechos importantes para recordar en cuanto a Evaluaciones de la Sección 51:
- El Asesor sólo puede considerar el valor de mercado de su propiedad desde la Fecha de Embargo preventivo (el 1 de Enero)
- El valor de mercado de su propiedad es determinado analizando ventas de propiedades comparables en el área.
- Para pode ser considerado en una Revisión de la Sección 51, una venta debe ocurrir 90 días después de la fecha de embargo preventivo y ser una transacción de mercado abierta.
- Una vez que su propiedad ha sido concedida una reducción bajo la Sección 51, su valor será examinado cada Enero. MIENTRAS SU PROPIEDAD PERMANECE EN LA SECCIÓN 51, USTED NO TIENE QUE SOLICITAR UNA REVISIÓN CADA Año.
- Usted recibirá un aviso cada Julio mostrando el Valor de Año de Base corriente de su propiedad, Valor de la Sección 51 corriente, y la Reducción de Valor Total. Si usted tiene alguna pregunta sobre le valor que se muestra en la notificación, por favor póngase en contacto con la Oficina del Asesor.
Para descargar un formulario de solicitud de Sección 51, haga clic aquí.
Para obtener información más detallada
sobre como funciona la Sección 51,
por favor revise nuestra
Guía de Dueño de Propiedad a la Sección 51.
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